Carta de la Transdisciplinariedad
Considerando que:
— La proliferación actual de las disciplinas académicas y no-académicas
conducen a un crecimiento exponencial del saber qué hace imposible toda mirada
global del ser humano.
— Sólo una inteligencia que dé cuenta de la dimensión planetaria de los
conflictos actuales podrá hacer frente a la complejidad de nuestro mundo y al
desafío contemporáneo de la autodestrucción material y espiritual de nuestra
especie.
— La vida está seriamente amenazada por una tecno ciencia triunfante, que sólo obedece a la lógica
horrorosa de la eficacia por la eficacia.
— La ruptura contemporánea entre un saber cada vez más acumulativo y un ser
interior cada vez más empobrecido conduce a un ascenso de un nuevo
oscurantismo, cuyas consecuencias en el plano individual y social son
incalculables.
— El crecimiento de los saberes, sin precedente en la historia, aumenta la
desigualdad entre aquellos que los poseen y los que carecen de ellos,
engendrando así desigualdades crecientes en el seno de los pueblos y entre las
naciones de nuestro planeta.
— Al mismo tiempo que todos los desafíos enunciados tienen su contraparte
de esperanza y que el crecimiento extraordinario de los saberes puede conducir,
a largo plazo, a una mutación comparable al pasaje de los homínidos a la
especie humana.
Considerando lo que precede, los participantes del Primer Congreso Mundial
de Transdisciplinariedad (Convento de Arrábida, Portugal, 2 a 7 de noviembre de
1994) adoptan la presente Carta como un conjunto de principios
fundamentales de la comunidad de espíritus transdisciplinarios, constituyendo
un contrato moral que todo signatario de esta Carta hace
consigo mismo, fuera de toda coacción jurídica e institucional.
Artículo 1. Toda tentativa de reducir al ser humano a una definición y de
disolverlo en estructuras formales, cualesquiera que sean, es incompatible con
la visión transdisciplinaria.
Artículo 2. El reconocimiento de la existencia de diferentes niveles de realidad,
regidos por diferentes lógicas, es inherente a la actitud transdisciplinaria.
Toda tentativa de reducir la realidad a un solo nivel, regido por una única
lógica, no se sitúa en el campo de la transdisciplinariedad.
Artículo 3. La transdisciplinariedad es complementaria al enfoque disciplinario;
hace emerger de la confrontación de las disciplinas nuevos datos que las
articulan entre sí, y nos ofrece una nueva visión de la naturaleza y de la
realidad. La transdisciplinariedad no busca el dominio de muchas disciplinas,
sino la apertura de todas las disciplinas a aquellos que las atraviesan y las
trascienden.
Artículo 4. La clave de la bóveda de la transdisciplinariedad reside en la
unificación semántica y operativa de las acepciones a través y más
allá de las disciplinas. Ello presupone una racionalidad abierta, a
través de una nueva mirada sobre la relatividad de las nociones de «definición»
y «objetividad». El formalismo excesivo, la absolutización de la objetividad,
que comporta la exclusión del sujeto, conducen al empobrecimiento.
Artículo 5. La visión transdisciplinaria es decididamente abierta en la medida
que ella trasciende el dominio de las ciencias exactas por su diálogo y su
reconciliación, no solamente con las ciencias humanas sino también con el arte,
la literatura, la poesía y la experiencia interior.
Artículo 6. En relación a la interdisciplinariedad y a la multidisciplinariedad,
la transdisciplinariedad es multirreferencial y multidimensional. Tomando en cuenta
las concepciones de tiempo y de historia, la transdisciplinariedad no excluye
la existencia de un horizonte transhistórico.
Artículo 7. La transdisciplinariedad no constituye una nueva religión, ni una
nueva filosofía, ni una nueva metafísica, ni una ciencia de las ciencias.
Artículo 8.La dignidad del ser humano es también de orden cósmico y planetario. La
operación del ser humano sobre la Tierra es una de las etapas de la historia
del universo. El reconocimiento de la Tierra como patria es uno de los
imperativos de la transdisciplinariedad. Todo ser humano tiene derecho a una
nacionalidad, pero, a título de habitante de la Tierra, él es al mismo tiempo
un ser transnacional. El reconocimiento por el derecho internacional de la
doble pertenencia –a una nación y a la Tierra– constituye uno de los objetivos
de la investigación transdisciplinaria.
Artículo 9. La transdisciplinariedad conduce a una actitud abierta hacia los
mitos y las religiones y hacia quienes los respetan en un espíritu
transdisciplinario.
Artículo 10. No hay un lugar cultural privilegiado desde donde se pueda juzgar a
las otras culturas. El enfoque transdisciplinario es en sí mismo transcultural.
Artículo 11. Una educación auténtica no puede privilegiar la abstracción en el
conocimiento. Debe enseñar a contextualizar, concretar y globalizar. La
educación transdisciplinaria reevalúa el rol de la intuición, del imaginario,
de la sensibilidad y del cuerpo en la transmisión de los conocimientos.
Artículo 12. La elaboración de una economía transdisciplinaria está fundada sobre
el postulado de que la economía debe estar al servicio del ser humano y no a la
inversa.
Artículo 13. La ética transdisciplinaria rechaza toda actitud que niegue el
diálogo y la discusión, cualquiera sea su origen, ideológico, cientista,
religioso, económico, político, filosófico. El saber compartido debería
conducir a una comprensión compartida, fundada sobre el respeto absoluto de las
alteridades unidas por la vida común sobre una sola y misma Tierra.
Artículo 14. Rigor, apertura y tolerancia son las características fundamentales de
la actitud y visión transdisciplinaria. El rigor en la argumentación, que toma
en cuenta todas las cuestiones, es la mejor protección respecto de las
desviaciones posibles. La apertura incluye la aceptación de lo desconocido, de
lo inesperado y de lo imprevisible. La tolerancia es el reconocimiento del
derecho a las ideas y verdades contrarias a las nuestras.
Artículo final. La presente Carta de la Transdisciplinariedad es
adoptada por los participantes del Primer Congreso de la Transdisciplinariedad,
no valiéndose de ninguna otra autoridad que aquella de su obra y de su
actividad.
De acuerdo a los procedimientos, que serán definidos de acuerdo con los
espíritus transdisciplinarios de todos los países, la Carta está
abierta a la firma de todo ser humano interesado por las medidas progresivas
del orden nacional, internacional y transnacional para la aplicación de sus
artículos en la vida.
Convento de Arrábida, 6 de noviembre de
1994
José ANES • André ASTIER • Jeanne BASTIEN • René BERGER • François BIANCHI
• Gérard BLUMEN • Lais P. BRANDINI • Jorge BRITO • Jacqueline CAHEN-MOREL •
Michel CAMUS • Antonio CASTEL BRANCO • Costin CAZABAN • Laura CERRATO • Oliver
COSTA DE BEAUREGARD • Maurice COUQUIAUD • Ubiratan d'AMBROSIO • Manuel DA COSTA
LOBO • Adriana DALCIN • Nicola DALLAPORTA • Robert DE BEAUGRANDE • Marc
Williams DEBONO • Isabel María DE CARVALHOVIEIRA • Giuseppe DEL RE • Javier DE
MESONE • Michele DUCLOS • Gilbert DURAND • Ruth ESCOBAR • María FERNÁNDEZ •
Raquel GONÇALVEZ • Georges GUELFAND • Helle HARTVIG DE FREITAS • José HARTVIG
DE FREITAS • Eiji HATTORI • Phil HAWES • André JACOB • Roberto JUARROZ •
Anthony JUDGE • Jacqueline KELEN • Jacques LAFAIT • Ghislaine LAFAIT-HÉMARD •
LIMA DE FREITAS • Salomon MARCUS • Michel MATHIN • Edgar MORIN • Raúl NICOLAU •
Domingo MOTTA • Edmond NOCOLAU • Basarab NICOLESCU • Alain ORIOL • Patrick PAUL
• Odette PÉTREQUIN • Jean-Marc PHILIPPE • Patricia PROUS-LAABEYRIE • Philippe
QUÉAU • Daniel RABY • Michel RANDOM • Lucía SANTAELLA-BRAGA • Elisabeth
SAPORITI • Luigi SECCO • Jules SIX • Luis SOUSA RIBEIRO • Dominique TEMPLE •
Ana María VIEIRA.
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